La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) informó que cualquier jubilado que pueda demostrar que tiene a su cargo a un menor, aunque no sea su hijo biológico, y cumpla con los requisitos, podrá recibir un extra de $56.475 en agosto.

Esto aplica especialmente para jubilados que tienen a sus nietos bajo su cuidado y cobran la Asignación Familiar por Hijo (SUAF). Las personas que se hacen responsables legalmente de los niños tienen los mismos derechos que los padres.

Los abuelos que no estén jubilados pueden acceder a la Asignación Universal por Hijo (AUH) si son tutores legales. En cambio, los jubilados pueden combinar su haber con la Asignación Familiar por Hijo (SUAF).

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La medida busca ajustarse a las diversas realidades familiares y asegurar que el dinero llegue a quienes realmente se ocupan del cuidado diario de los niños. Para agosto, la AUH se pagará con un aumento del 1,6%.

Esta modificación se implementa a través de la Adenda 63, una norma que permite transferir la titularidad de la AUH cuando los padres no están presentes o no participan en la crianza. Así, un jubilado que cría a su nieto puede iniciar los trámites para recibir el beneficio mensualmente.

Abuelos con AUH: documentos necesarios

Para que un jubilado o adulto responsable pueda cobrar la AUH, debe presentar:

  • DNI del adulto responsable (original y copia).
  • DNI y partida de nacimiento del menor (original y copia).
  • Documentos que demuestren la convivencia y el cuidado diario, como declaraciones juradas, evaluaciones sociales o informes técnicos.
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Es fundamental aclarar que no basta con ser abuelo, tío o familiar directo; se debe probar que el menor vive bajo el mismo techo y que el solicitante se ocupa efectivamente de su crianza.

Cómo demostrar el cuidado efectivo del menor

La ANSES requiere pruebas oficiales emitidas por organismos públicos, como:

  • Declaración jurada de convivencia y vínculo afectivo (emitida por la SENAF o áreas provinciales de infancia).
  • Informe social o psicológico que detalle la situación del menor y justifique la solicitud.
  • Informe de reconversión, que avala el cambio de titularidad del beneficio.
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Solo con estos documentos, la ANSES puede autorizar el traspaso y comenzar a pagar la AUH al nuevo responsable.

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