Inicio ECONOMÍA ¿Podés jubilarte sin aportes a los 60 años? Esto responde ANSES

¿Podés jubilarte sin aportes a los 60 años? Esto responde ANSES

ANSES mantiene habilitada una herramienta para trabajadores que se encuentran a diez años o menos de alcanzar la edad jubilatoria.

Las personas que están próximas a alcanzar la edad jubilatoria pero todavía no cuentan con los 30 años de aportes requeridos pueden utilizar una herramienta disponible en Anses para comenzar a regularizar su situación previsional.

Por otra parte, los jubilados que ya perciben sus haberes mediante el organismo recibirán un aumento del 2,1% en septiembre, de acuerdo con el dato de inflación informado por el Indec.

Se trata del Plan de Pago de Deuda Previsional para trabajadores en actividad, que continúa disponible entre los trámites oficiales. La herramienta está dirigida a quienes aún no llegaron a la edad jubilatoria y necesitan completar períodos sin aportes registrados.

Esta alternativa cobra especial relevancia luego de la finalización de la moratoria previsional que permitía jubilarse a personas que ya habían alcanzado la edad requerida pero no reunían la cantidad de aportes necesarios.

Quiénes pueden completar años de aportes en Anses

El programa está destinado a un grupo específico de trabajadores que todavía se encuentran en actividad.

Pueden acceder:

  • Mujeres de entre 50 y 59 años.
  • Varones de entre 55 y 64 años.
  • Trabajadores que continúan en actividad.
  • Personas que estiman que no alcanzarán los 30 años de aportes al momento de jubilarse.
  • Quienes tengan períodos que puedan ser regularizados mediante el plan.

El objetivo es que los trabajadores puedan cancelar anticipadamente los períodos sin aportes y avanzar en la regularización de su futura situación previsional.

Qué períodos se pueden regularizar

El plan no permite incorporar cualquier año o mes de la trayectoria laboral. Existen períodos específicos que pueden incluirse dentro de la regularización.

El Plan de Pago de Deuda Previsional permite:

  • Regularizar períodos sin aportes correspondientes hasta marzo de 2012 inclusive.
  • Elegir uno o varios períodos disponibles.
  • Generar un Volante Electrónico de Pago (VEP) para cancelar la deuda.
  • Realizar los pagos de acuerdo con las posibilidades económicas del trabajador.

Los períodos seleccionados no deben coincidir con meses en los que figure una relación laboral registrada ni con actividades declaradas como autónomo o monotributista.

Cómo iniciar el trámite para completar aportes

El procedimiento puede comenzar de manera online mediante Mi Anses, utilizando los datos personales correspondientes.

Los pasos son:

  • Ingresar a Mi Anses con CUIL y Clave de la Seguridad Social.
  • Seleccionar la opción “Solicitud de Prestaciones”.
  • Ingresar en “Plan de Pago de Deuda Previsional para trabajadores”.
  • Elegir los períodos que se desean regularizar.
  • Generar el VEP.
  • Completar el pago correspondiente.

Anses también dispone de información sobre este plan dentro de los trámites vinculados con jubilaciones y pensiones.

Qué conviene revisar antes de pagar los aportes

Antes de iniciar una regularización, es importante conocer con precisión cuántos años de aportes figuran registrados a nombre del trabajador.

Para hacerlo, se puede ingresar a Mi Anses y consultar la Historia Laboral. En ese apartado conviene verificar:

  • Los empleos que aparecen registrados.
  • Los períodos con aportes.
  • Los meses que no figuran en el sistema.
  • Los aportes realizados como autónomo o monotributista.
  • Los períodos laborales que deberían estar registrados y no aparecen.

Cuando existan aportes correspondientes a trabajos efectivamente realizados que no figuren en el sistema, primero es conveniente evaluar si pueden acreditarse mediante documentación. De esa manera, no sería necesario incorporarlos como deuda previsional.

Qué pasa si no se alcanzan los 30 años de aportes

La situación es diferente para quienes ya llegaron a la edad jubilatoria pero no reúnen los 30 años de aportes necesarios.

Una de las alternativas disponibles es la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), destinada a personas de 65 años o más que cumplan con las condiciones establecidas.

La PUAM representa el 80% del haber mínimo jubilatorio y constituye una prestación diferente de una jubilación contributiva.

Por eso, para quienes todavía tienen entre 50 y 59 años en el caso de las mujeres o entre 55 y 64 años en el caso de los varones, revisar la Historia Laboral con anticipación puede resultar fundamental para determinar si necesitan recurrir al Plan de Pago de Deuda Previsional antes de alcanzar la edad jubilatoria.

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