Durante octubre de 2025, la Anses aplicará un ajuste del 1,9% en jubilaciones y pensiones, en base a la inflación de agosto medida por el Indec. Con este incremento, la jubilación mínima bruta pasa a ser de $320.277,18 y la máxima, de $2.155.162,17. Además, se mantiene el bono adicional de $70.000, por lo que quienes cobran el haber mínimo recibirán un total de $390.277,18.
Pensiones con aumento y bono en octubre: montos actualizados
Los nuevos valores de las pensiones para octubre son los siguientes:
- PUAM (Pensión Universal para el Adulto Mayor): representa el 80% de la jubilación mínima, por lo que queda en $256.221,74, y con el bono de $70.000 alcanza los $326.221,74.
- PNC (Pensión No Contributiva por invalidez o vejez): equivale al 70% de la mínima, resultando en $224.194,02, que con el bono suma un total de $294.194,02.

Cómo se paga el bono y quiénes lo reciben
El refuerzo económico de $70.000 seguirá entregándose en octubre y se pagará junto con el haber mensual a quienes cobran el monto mínimo. Para quienes reciben más que la mínima, el bono se calcula de forma proporcional hasta llegar a un tope equivalente a la mínima más el bono completo. Desde el gobierno aclararon que este bono no se ajusta por inflación.
Quiénes pueden solicitar una pensión por fallecimiento
Tienen derecho a cobrar una pensión en caso de fallecimiento de una persona trabajadora o jubilada los siguientes familiares:
- Cónyuge
- Conviviente, si está debidamente acreditado
- Hijos menores de edad
- Hijos con discapacidad, sin límite de edad
Si uno de los miembros del grupo familiar accede al beneficio, esto no excluye a los demás. Siempre que se cumplan las condiciones, la pensión se puede repartir entre varios, y los porcentajes pueden modificarse si alguien pierde el derecho o se incorpora un nuevo beneficiario.
Cómo se calcula el monto total de una pensión
Para definir cuánto se cobra por pensión, primero se establece qué monto percibía la persona fallecida. Luego, se reparte un porcentaje del 70% entre los beneficiarios, según este esquema:
- 70% para el cónyuge o conviviente si no hay hijos con derecho
- 50% para el cónyuge o conviviente si hay hijos con derecho
- 20% para cada hijo. Si no hubiera cónyuge o conviviente, ese 50% se divide entre los hijos
La suma de todas las pensiones no puede superar el 100% de lo que cobraba la persona fallecida. Si eso ocurre, se recalcula manteniendo la proporción entre los beneficiarios.
Si uno de los titulares pierde el derecho, se ajustan los montos para los demás. Por ejemplo, en un hogar con una viuda y un hijo, se distribuye así:
- Viuda: 50%
- Hijo: 20% (hasta los 18 años)
Cuando el hijo cumple 18, el porcentaje de la viuda aumenta al 70%, sumando ese 20%. Si hay más hijos, cuando alguno cumple la mayoría de edad, los montos de los que siguen cobrando no cambian.