El presidente Javier Milei vetó el aumento del 7,2% y el bono de $110.000 para jubilados y pensionados, que había sido aprobado por el Congreso el 10 de julio. Sin esos refuerzos para mejorar los haberes, quedarán disponibles dos beneficios adicionales en agosto de 2025.
El Gobierno argumentó su decisión en el Boletín Oficial
La decisión del presidente se formalizó este lunes mediante el Decreto 534/2025, publicado en el Boletín Oficial. El Ejecutivo explicó que “las fuentes de financiamiento previstas resultan claramente insuficientes”, y agregó que la medida presenta fallas técnicas y podría tener consecuencias negativas en materia tributaria.

Qué extras siguen vigentes para jubilados en agosto
Aumento del 1,6% para agosto
Según el Decreto 274/2024, los haberes de jubilados y pensionados que reciben sus pagos a través de Anses se actualizan cada mes según la última cifra de inflación informada por el Indec. En este marco, en agosto se aplicará un incremento del 1,6%.
Con este ajuste, la jubilación mínima pasará a $314.243,51, mientras que la jubilación máxima llegará a $2.114.561,35.
Bono de $70.000 se mantiene
Aunque el presidente vetó el bono de $110.000 aprobado por el Congreso, continúa en vigencia el refuerzo de $70.000 que se otorga desde marzo de 2024.
Este bono será para quienes cobren jubilaciones, pensiones, Pensiones No Contributivas (PNC) o la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), siempre que no superen los $314.243 mensuales.
Quienes cobren entre $314.243 y $384.243, recibirán un bono ajustado para completar la cifra máxima. Por su parte, los jubilados que superen los $384.243 no recibirán ningún refuerzo.
Calendario de pagos para jubilados en agosto
La Anses dio a conocer el cronograma de cobro de agosto 2025 para jubilados y pensionados, organizado por número de documento:
Jubilados con la mínima:
- DNI terminados en 0: 8 de agosto
- DNI terminados en 1: 11 de agosto
- DNI terminados en 2: 12 de agosto
- DNI terminados en 3: 13 de agosto
- DNI terminados en 4: 14 de agosto
- DNI terminados en 5: 15 de agosto
- DNI terminados en 6: 18 de agosto
- DNI terminados en 7: 19 de agosto
- DNI terminados en 8: 20 de agosto
- DNI terminados en 9: 21 de agosto
Jubilados con haberes superiores al mínimo:
- DNI terminados en 0 y 1: 22 de agosto
- DNI terminados en 2 y 3: 25 de agosto
- DNI terminados en 4 y 5: 26 de agosto
- DNI terminados en 6 y 7: 27 de agosto
- DNI terminados en 8 y 9: 28 de agosto