El Gobierno nacional formalizó un cambio clave en la forma de calcular las jubilaciones iniciales desde diciembre de 2025. La Subsecretaría de Seguridad Social, dependiente del Ministerio de Capital Humano, aprobó mediante la Disposición 29/2025 un nuevo índice combinado que actualizará las remuneraciones utilizadas para determinar el primer haber jubilatorio.
Este índice impactará únicamente en quienes se jubilen a futuro. El Gobierno aclaró que la fórmula de movilidad actual, con aumentos mensuales calculados por inflación, se mantiene sin cambios y que la modificación solo alcanzará al cálculo del haber inicial, es decir, el monto con el que un trabajador entra al sistema previsional.
En qué consiste la modificación
El nuevo sistema reemplaza al mecanismo que se aplicó hasta noviembre y busca que los próximos jubilados reciban montos iniciales más acordes con la evolución real de los salarios y con el impacto acumulado de la inflación de los últimos años.
A quiénes alcanza el cambio
La medida regirá para todos los trabajadores que concluyan su vida laboral activa desde el 30 de noviembre de 2025 o que inicien su trámite jubilatorio a partir del 1° de diciembre. A diferencia del esquema previo, las remuneraciones históricas se actualizarán cada trimestre, reduciendo el retraso que generaban las fórmulas anteriores.
Qué persigue el Gobierno con esta medida
Según informó el Ministerio de Capital Humano, la intención es mejorar la equidad y la transparencia del sistema previsional. Hasta ahora, los haberes iniciales surgían de salarios que no reflejaban completamente el impacto de la inflación, lo que derivaba en jubilaciones de origen mucho más bajas que el ingreso real del trabajador durante sus años de actividad.
Con el nuevo índice, los salarios pasados se llevarán a valores actuales, lo que permitirá obtener un haber inicial más representativo y menos expuesto a la pérdida de poder adquisitivo.

Cómo se calculará el nuevo índice combinado para jubilaciones
El índice aprobado integra dos componentes principales:
RIPTE: indicador que mide la evolución de los sueldos registrados.
Índice de Movilidad Previsional: establecido por la Ley 27.260, que fija incrementos trimestrales para jubilaciones, pensiones y asignaciones.
Ambas variables se unirán en una fórmula única, elaborada y difundida cada tres meses por la Dirección Nacional de Políticas de la Seguridad Social, siguiendo lo establecido por el Decreto 104/2021 y la Resolución 3/2021.
Este método busca asegurar una actualización constante, transparente y técnicamente adecuada frente al comportamiento económico.
Impacto para los futuros jubilados
El efecto del nuevo índice se verá de manera gradual. Para quienes tengan salarios desactualizados por inflación o por períodos sin incrementos, este cambio podría representar un aumento importante en el haber inicial.
Es fundamental señalar que esta disposición no altera la fórmula de movilidad vigente para los jubilados actuales. La modificación alcanza únicamente al cálculo del primer haber previsional.