La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) puso en marcha un nuevo sistema automatizado para verificar el cumplimiento de los requisitos de salud y educación relacionados con las asignaciones familiares. Desde ahora, el 20% que antes se retenía se liquidará de forma mensual, siempre que se comprueben las condiciones exigidas.

La medida se oficializó por la Resolución 1170/2025, publicada este jueves en el Boletín Oficial, y cambia significativamente el funcionamiento de la AUH y la AUE. Antes, era necesario presentar la Libreta AUH para reclamar lo descontado.

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Fin de la retención anual del 20%

Con este nuevo esquema, ANSES dejará de retener el 20% del monto total hasta fin de año. En su lugar, el organismo pagará el 100% del haber cada mes, siempre que se confirme el cumplimiento de los controles de salud, vacunación y educación.

Hasta ahora, los titulares debían presentar la Libreta AUH para demostrar el cumplimiento. Solo después de validar esa información se habilitaba el cobro del monto retenido acumulado, generalmente al final de cada año.

Verificación automática con datos oficiales

Con el cambio normativo, la supervisión estará a cargo del propio Estado, que cruzará datos con los registros de los distintos organismos públicos. Así, si la información oficial confirma el cumplimiento, el pago del 20% será automático junto con el resto de la asignación.

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Según detalla la resolución, cuando el Ministerio de Salud informe mensualmente a ANSES que los niños de hasta 4 años cumplen con los controles sanitarios y vacunas, el monto reservado se liquidará de forma automática y mensual.

Qué ocurre si faltan datos

En los casos donde la información no figure en los sistemas oficiales, el titular de la prestación podrá presentar la documentación correspondiente ante ANSES. La liquidación del monto retenido se hará luego conforme a los procedimientos que establezca el organismo.

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Cambios en la Asignación por Embarazo

En cuanto a la Asignación por Embarazo, la norma establece que el 20% acumulado se abonará una vez acreditado el final del embarazo. Esto podrá demostrarse presentando la partida de nacimiento, certificado de defunción o constancia médica de interrupción, además del cumplimiento de los controles médicos de seguimiento.

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