La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó que durante el mes de julio se abonará un nuevo bono extraordinario para jubilados, el cual se sumará a un incremento general en todos los haberes. Este beneficio forma parte de las medidas implementadas por el gobierno de Javier Milei para proteger el poder adquisitivo de los adultos mayores.
Sin embargo, desde el organismo aclararon que no todos los jubilados podrán acceder a este bono adicional. ANSES destacó que se trata de una ayuda puntual destinada a compensar las dificultades económicas que enfrenta este sector de la población.
ANSES definió quiénes serán los beneficiarios del bono
La ANSES estableció que el bono extraordinario de julio será exclusivo para los jubilados que perciben el haber mínimo, el cual quedará fijado en $309.294,78 para el próximo mes. Esta medida busca asistir a los sectores más vulnerables de la tercera edad.
Para aquellos beneficiarios cuyos haberes se ubiquen entre $309.294,78 y $379.294,78, ANSES implementará un sistema de compensación proporcional que les permita alcanzar el monto máximo establecido.
Paralelamente, el organismo confirmó un aumento general del 1,5% que afectará a todos los haberes jubilatorios sin excepción.
Bono de ANSES en julio 2025: de cuánto será el monto
El gobierno nacional y la Administración Nacional de la Seguridad Social ratificaron que el bono extraordinario para jubilados que perciben el haber mínimo mantendrá su valor en $70.000, mismo monto que se estableció en febrero de 2024 y que no ha sufrido modificaciones.
Según precisó ANSES, esta asignación garantiza que ningún beneficiario recibirá menos de $379.294,78 en el mes de julio. El organismo destacó que el pago de este refuerzo económico se realizará en forma conjunta con el haber mensual regular de cada jubilado.

ANSES: Calendario de pagos para jubilados en julio 2025
La Administración Nacional de la Seguridad Social confirmó las fechas para el cobro de jubilaciones, pensiones y bonos correspondientes al mes de julio.
Pagos para Jubilaciones que NO Superan el Haber Mínimo
- DNI terminados en 0: Desde el 08 de julio
- DNI terminados en 1: Desde el 10 de julio
- DNI terminados en 2: Desde el 11 de julio
- DNI terminados en 3: Desde el 14 de julio
- DNI terminados en 4: Desde el 15 de julio
- DNI terminados en 5: Desde el 16 de julio
- DNI terminados en 6: Desde el 17 de julio
- DNI terminados en 7: Desde el 18 de julio
- DNI terminados en 8: Desde el 21 de julio
- DNI terminados en 9: Desde el 22 de julio
Pagos para Jubilaciones que SUPERAN el Haber Mínimo
- DNI terminados en 0 y 1: Desde el 23 de julio
- DNI terminados en 2 y 3: Desde el 24 de julio
- DNI terminados en 4 y 5: Desde el 25 de julio
- DNI terminados en 6 y 7: Desde el 28 de julio
- DNI terminados en 8 y 9: Desde el 29 de julio