El Gobierno nacional oficializó mediante el Boletín Oficial el pago del bono extraordinario de hasta $70.000 para los jubilados y pensionados de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) durante julio. Al mismo tiempo, precisó qué grupo de beneficiarios quedará excluido de este refuerzo.

Cuánto cobrarán los jubilados en julio

Con el aumento del 2,15% aplicado por la fórmula de movilidad, la jubilación mínima se ubicará en $411.989,33. Quienes además accedan al bono completo percibirán un total de $481.989,33.

Por su parte, la jubilación máxima ascenderá a $2.772.298,06.

La actualización también alcanza al resto de las prestaciones que administra ANSES, las cuales continúan ajustándose todos los meses de acuerdo con la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

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Quiénes recibirán el bono de ANSES

El refuerzo extraordinario será abonado a:

  • Jubilados y pensionados del sistema previsional de ANSES.
  • Titulares de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).
  • Beneficiarios de Pensiones No Contributivas (PNC) por invalidez, vejez y madres de siete hijos o más.

Cómo se paga el bono

Los beneficiarios que perciban un haber igual o inferior a la jubilación mínima recibirán el bono completo de $70.000. En cambio, quienes superen ese monto cobrarán un refuerzo proporcional hasta alcanzar el tope establecido por el Gobierno de $481.989,33.

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Quiénes no cobrarán el bono en julio

Quedarán excluidos del beneficio los jubilados y pensionados cuyos haberes sean superiores a $481.989,33, ya que superan el límite fijado para acceder al refuerzo.

Ese tope surge de la suma entre la jubilación mínima de $411.989,33 y el bono extraordinario de $70.000.

Cuándo se paga el bono para jubilados

Jubilados y pensionados que cobran la mínima

  • DNI terminados en 0 y 1: 8 de julio.
  • DNI terminado en 2: 13 de julio.
  • DNI terminado en 3: 14 de julio.
  • DNI terminado en 4: 15 de julio.
  • DNI terminado en 5: 16 de julio.
  • DNI terminado en 6: 17 de julio.
  • DNI terminado en 7: 20 de julio.
  • DNI terminado en 8: 21 de julio.
  • DNI terminado en 9: 22 de julio.
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Jubilados y pensionados con haberes superiores a la mínima

  • DNI terminados en 0 y 1: 23 de julio.
  • DNI terminados en 2 y 3: 24 de julio.
  • DNI terminados en 4 y 5: 27 de julio.
  • DNI terminados en 6 y 7: 28 de julio.
  • DNI terminados en 8 y 9: 29 de julio.

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