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ANSES entrega un beneficio de $419.000 por hijo: quiénes pueden cobrarlo, requisitos y cómo tramitarlo

La reparación económica de la Ley Brisa está destinada a acompañar a niños, niñas y adolescentes víctimas de violencia de género. El monto equivale a una jubilación mínima y se actualiza todos los meses.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) abona una prestación mensual correspondiente al Régimen de Reparación Económica para Niñas, Niños y Adolescentes, establecido por la Ley 27.452 y conocido como Ley Brisa. El objetivo de este régimen es brindar asistencia económica y cobertura integral a quienes perdieron a su madre como consecuencia de un femicidio o de un homicidio vinculado con violencia de género o intrafamiliar.

Durante agosto de 2026, el importe de esta reparación alcanza los $419.775,93 mensuales por beneficiario. Como el valor se encuentra vinculado a la jubilación mínima, la prestación se actualiza automáticamente cada vez que ANSES aplica una modificación por movilidad.

Requisitos y quiénes pueden acceder al cobro

La ayuda está destinada a hijos e hijas de víctimas y contempla una serie de condiciones que deben cumplirse para acceder al beneficio:

  • Edad del beneficiario: corresponde a quienes tenían menos de 21 años al momento del hecho o cuando comenzó a regir la ley, según corresponda.
  • Personas con discapacidad: quienes tengan una discapacidad pueden continuar percibiendo la prestación sin un límite de edad.
  • Cobertura integral: además del pago mensual, el régimen contempla el acceso a cobertura de salud.
  • Documentación necesaria: se debe presentar el DNI, la partida de nacimiento que permita acreditar el vínculo y la documentación judicial que demuestre las circunstancias en las que ocurrió el fallecimiento.
  • Representación legal: cuando el titular es menor de edad, la gestión debe quedar a cargo de su representante legal, tutor o una persona que cuente con autorización formal.

Compatibilidad con la AUH, SUAF y Tarjeta Alimentar

La reparación económica no impide que el beneficiario o su grupo familiar acceda a determinadas prestaciones de la seguridad social. El pago mensual de $419.775,93 puede combinarse con otros beneficios, entre ellos:

  • Asignación Universal por Hijo (AUH).
  • Asignaciones familiares del sistema SUAF.
  • Prestación Alimentar o Tarjeta Alimentar.
  • Complemento Leche.

Cómo tramitar la reparación económica

La solicitud puede comenzar de forma online, lo que permite avanzar con la gestión sin necesidad de iniciar el procedimiento exclusivamente de manera presencial:

  • Preparar la documentación: reunir los DNI del beneficiario y, cuando corresponda, del representante legal, además de partidas de nacimiento y documentación vinculada con la causa judicial.
  • Ingresar a la plataforma digital: acceder a Trámites a Distancia (TAD) y comenzar la solicitud mediante los formularios correspondientes.
  • Presentar los documentos: cargar los archivos requeridos para demostrar la identidad, el vínculo familiar y las actuaciones relacionadas con el caso.
  • Análisis del expediente: los organismos responsables verifican la documentación presentada y determinan si se cumplen las condiciones establecidas por la Ley 27.452 antes de aprobar el pago.

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