Los jubilados y pensionados que cobran a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) ya cuentan con el calendario de pagos de marzo confirmado y percibirán sus haberes con el aumento por movilidad previsional aplicado este mes.

El incremento también alcanza a otros programas del organismo, entre ellos los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH), que reciben la actualización correspondiente dentro del sistema de movilidad de ANSES.

Cuánto cobra un jubilado en marzo

Con el aumento del 2,9% por movilidad, la jubilación mínima durante marzo se ubica cerca de $369.673.

A partir de ese monto, el Gobierno nacional definió el esquema para el bono extraordinario destinado a reforzar los ingresos:

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Jubilados con haberes mínimos: perciben el bono completo de $70.000.

Quienes cobran más que la jubilación mínima: reciben un bono proporcional.

Aquellos que superan el tope establecido: no acceden al refuerzo.

De esta manera, el límite máximo para cobrar el bono en marzo queda cerca de $439.673, cifra que surge de sumar la jubilación mínima con el refuerzo extraordinario.

Qué jubilados quedan sin el bono

De acuerdo con lo informado por ANSES, los jubilados cuyos ingresos mensuales superen los $439.673 no recibirán el bono previsional.

En cambio, quienes perciban haberes entre la jubilación mínima y ese límite podrán acceder a un refuerzo proporcional hasta completar ese monto.

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Por ejemplo:

Si un jubilado cobra $400.000, recibirá un adicional cercano a $39.673.

Si el haber supera los $439.673, no corresponde el bono y solo se paga el haber mensual con aumento.

Quiénes pueden cobrar el refuerzo previsional

El bono extraordinario está destinado a distintos grupos dentro del sistema previsional:

Jubilados y pensionados del SIPA

Titulares de Pensiones No Contributivas (PNC)

Beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM)

En todos los casos, el requisito central es no superar el tope de ingresos fijado por ANSES.

Calendario de pagos de marzo 2026

El cronograma de pagos se organiza según la terminación del DNI. Durante este mes existen modificaciones en algunas fechas para quienes superan la mínima, debido a los feriados del 23 y 24 de marzo.

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Jubilaciones y pensiones que no superan la mínima

DNI 0: 9 de marzo
DNI 1: 10 de marzo
DNI 2: 11 de marzo
DNI 3: 12 de marzo
DNI 4: 13 de marzo
DNI 5: 16 de marzo
DNI 6: 17 de marzo
DNI 7: 18 de marzo
DNI 8: 19 de marzo
DNI 9: 20 de marzo

Jubilaciones y pensiones que superan la mínima

DNI 0 y 1: 20 de marzo
DNI 2 y 3: 25 de marzo
DNI 4 y 5: 26 de marzo
DNI 6 y 7: 27 de marzo
DNI 8 y 9: 30 de marzo

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