El Gobierno implementó cambios en las normativas sobre transacciones, extracciones y movimientos de dinero, donde la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) incrementó los límites para reportar transferencias y operaciones con billeteras digitales.
Esta medida busca agilizar los controles y modernizar el sistema financiero, en línea con el Plan de Reparación Histórica de los Ahorros Argentinos, que elimina la obligación de declarar ciertas operaciones menores.
ARCA ajustó los valores aplicables a transacciones con billeteras virtuales para evitar investigaciones innecesarias, simplificando procesos y centrándose solo en movimientos significativos.
Juan Pazo, director de ARCA, detalló que antes las transferencias entre billeteras virtuales se reportaban desde $2.000.000, pero con la Resolución General 5699/2025, publicada en el Boletín Oficial, se modificaron los umbrales para bancos, billeteras digitales y emisores de tarjetas, fijando montos específicos para informar saldos y operaciones.
Billeteras virtuales: los nuevos límites que controlará ARCA
Con esta actualización, las entidades deberán notificar únicamente cuando los usuarios superen estos montos mensuales:
- Personas físicas: Transferencias y acreditaciones mayores a $50 millones.
- Personas jurídicas: Operaciones que excedan $30 millones.
La normativa entrará en vigor para transacciones realizadas desde junio de 2025 e incluirá los siguientes ajustes:
- Transferencias bancarias: El límite sube de $1.000.000 a $50.000.000 para físicas y $30.000.000 para jurídicas.
- Saldos mensuales: Aumentan de $700.000/$1.000.000 a $50 millones (físicas) y $30 millones (jurídicas).
- Plazos fijos: Se eleva el mínimo de reporte de $1.000.000 a $100.000.000 (físicas) y $30.000.000 (jurídicas).
- Extracciones: Ahora se informarán solo si superan $10.000.000 (antes desde $100).
- Compras: El límite para declarar pasa de $250.000 en efectivo y $400.000 en otros medios a $10 millones en ambos casos.
- Inversiones en bolsa: Se reportarán tenencias desde $100 millones (físicas) y $30 millones (jurídicas), en lugar de todos los montos.
Si las operaciones son en criptomonedas o moneda digital, se convertirá el valor al tipo de cambio del Banco Nación o el proveedor de pagos al cierre del mes.
Los montos se actualizarán semestralmente según el IPC (febrero y agosto). Con estos cambios, muchos usuarios evitarán justificar movimientos menores, agilizando sus operaciones financieras.
