La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) comunicó que durante agosto de 2025 entregará un bono extraordinario de $70.000, pero solo lo recibirán ciertos jubilados y pensionados. El acceso a este refuerzo está condicionado por un límite de ingresos, lo que significa que quienes superen ese tope no podrán cobrarlo.
Aumento adicional en los haberes de agosto
Además de este bono, las jubilaciones y pensiones se ajustaron en un 1,6% en agosto, según lo establecido en el Decreto 274/24, el cual dispone actualizaciones mensuales en base a la inflación, con dos meses de retraso.
Con esta suba, los montos quedaron de la siguiente manera (sin contar el bono extra):
- Jubilación mínima: $314.305,37
- Jubilación máxima: $2.114.977,59
- PUAM (Pensión Universal para el Adulto Mayor): $251.444,30
- PNC (Pensiones No Contributivas) por Invalidez o Vejez: $220.013,76

¿Quiénes acceden al bono de $70.000?
Este refuerzo económico está dirigido exclusivamente a quienes cobran la jubilación mínima y no tienen otros ingresos que superen ese valor.
Para agosto, la jubilación mínima se ubicó en $314.305,37. Al sumar el bono, el total mensual para estos beneficiarios será de $384.305,37, monto que el Gobierno busca asegurar como ingreso base.
Si una persona cobra más que la mínima pero menos que los $384.305,37, ANSES otorgará un bono parcial, para que el ingreso total alcance ese piso.
¿Quiénes quedan excluidos del bono?
En cambio, los jubilados y pensionados que perciben ingresos por encima de los $384.305,37 no recibirán el bono extraordinario, ya que superan el límite establecido para este beneficio.

Calendario de pagos – agosto 2025
ANSES también publicó el cronograma de pagos de jubilaciones y pensiones para agosto, dividido según el monto que se perciba.
Jubilados que cobran la mínima:
- DNI finalizado en 0: 8 de agosto
- DNI finalizado en 1: 11 de agosto
- DNI finalizado en 2: 12 de agosto
- DNI finalizado en 3: 13 de agosto
- DNI finalizado en 4: 14 de agosto
- DNI finalizado en 5: 14 de agosto
- DNI finalizado en 6: 18 de agosto
- DNI finalizado en 7: 19 de agosto
- DNI finalizado en 8: 20 de agosto
- DNI finalizado en 9: 21 de agosto
Jubilados con haberes superiores a la mínima:
- DNI terminados en 0 y 1: 22 de agosto
- DNI terminados en 2 y 3: 25 de agosto
- DNI terminados en 4 y 5: 26 de agosto
- DNI terminados en 6 y 7: 27 de agosto
- DNI terminados en 8 y 9: 28 de agosto











