La Administración Nacional de la Seguridad Social puso en marcha el pago a jubilados y pensionados que perciben haberes superiores al mínimo. Dentro de este grupo se encuentran quienes cobran la jubilación máxima, que en marzo se actualiza según la fórmula de movilidad.

Por otro lado, los beneficiarios del organismo ya tienen confirmadas las fechas de cobro y los montos de abril, lo que permite anticipar cómo evolucionarán sus ingresos en el próximo mes.

Cuánto perciben los jubilados en marzo

Con el incremento del 2,9% por movilidad, la jubilación mínima de marzo se ubica en torno a $369.673.

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En base a ese valor, el Gobierno definió el esquema del refuerzo extraordinario:

Jubilados con haberes mínimos: reciben el bono completo de $70.000

Quienes superan la mínima: acceden a un bono proporcional

Quienes exceden el tope: no perciben el refuerzo

De esta manera, el ingreso máximo para acceder al bono se acerca a $439.673, resultado de sumar la mínima y el adicional.

Qué jubilados quedan fuera del bono

Según lo dispuesto por Anses, quienes superen los $439.673 mensuales no cobrarán el bono.

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En cambio, los que se ubican entre la mínima y ese límite reciben un extra proporcional hasta alcanzar ese monto.

Por ejemplo:

Si un jubilado cobra $400.000, obtiene un adicional cercano a $39.673

Si el haber supera los $439.673, no corresponde el bono y solo se liquida el haber actualizado

A quiénes alcanza el refuerzo previsional

El bono extraordinario está destinado a:

Jubilados y pensionados del SIPA

Titulares de Pensiones No Contributivas (PNC)

Beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM)

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En todos los casos, el requisito principal es no superar el tope de ingresos fijado por el organismo.

Cuándo se cobra la jubilación máxima en marzo

El calendario de pagos para quienes perciben haberes más altos se organiza según la terminación del DNI:

DNI terminados en 0 y 1: 20 de marzo

DNI terminados en 2 y 3: 21 de marzo

DNI terminados en 4 y 5: 25 de marzo

DNI terminados en 6 y 7: 26 de marzo

DNI terminados en 8 y 9: 27 de marzo

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